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Oct
Congreso debate ley para luchar contra el crimen organizado
Propuesta busca modificar la Ley 32108 y definir mejor el delito de organización criminal para combatir el crimen organizado.
Por Arom Dávila
Este miércoles 16 de octubre, el Pleno del Congreso retomará el debate de los proyectos vinculados a la lucha contra el crimen organizado, entre ellos la incorporación del delito de criminalidad sistemática en lugar de "terrorismo urbano". El proyecto también propone modificar la Ley 32108 para mejorar las disposiciones sobre allanamientos de inmuebles. Ambos proyectos fueron aplazados en la sesión extraordinaria del 11 de octubre, ya que no se logró un consenso entre las bancadas.
Congreso: opiniones divididas entre los parlamentarios sobre la Ley 32108
Durante el último debate, el congresista Alejandro Cavero criticó que el texto no incluía delitos como narcotráfico, tráfico de terrenos y minería ilegal. Diego Bazán resaltó que, además de los cambios en la ley, es esencial una reforma en el sistema penitenciario para que las medidas sean efectivas.
A su vez, Sigrid Bazán expresó que el rechazo a la propuesta refleja una "admisión de culpa" del Congreso ante la desaprobación ciudadana. Jaime Quito criticó que la inclusión del término "terrorismo urbano" busca criminalizar las protestas sociales, mientras Fernando Rospigliosi advirtió que usar esa denominación para delitos comunes solo genera confusión. Finalmente, el presidente de la Comisión de Justicia, Issac Mita, presentó un texto modificatorio que reemplaza el término "terrorismo urbano" por "criminalidad sistemática".

¿De que va la ley?
El dispositivo legal presentado define el terrorismo urbano como los actos que generen zozobra en la población o un sector de ella, a través de los delitos de extorsión y sicariato; y establece sancionar a quienes lo cometan con pena privativa de la libertad no menor a 30 años. También considera castigar con cadena perpetua si el perpetrador pertenece a las Fuerzas Armadas (FF.AA.) o la Policía Nacional del Perú (PNP); emplea armamento, material de guerra o artefactos explosivos; utiliza armas, municiones o explosivos de las FF. AA. y la PNP, o si recurre a un menor de edad.

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