Por Arquímedes Mayta Se trata de los magistrados Víctor Prado Saldarriaga, Araceli Baca Cabrera, Dante Terrel Crispín, María Vásquez Vargas y Ángela Bascones Gómez Velásquez quienes integraban la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema. La Junta Nacional...
21
Jun
Revés judicial: Poder Judicial declara improcedente medida cautelar de Dina Boluarte para suspender su vacancia
Por Arquímedes Mayta
El Poder Judicial rechazó el pedido urgente de la ex mandataria Dina Boluarte Zegarra, al declarar improcedente la medida cautelar que buscaba suspender de forma inmediata la resolución legislativa del Congreso que declaró su vacancia por permanente incapacidad moral. Con este fallo, La Primera Sala Constitucional de Lima frena el primer intento de la defensa de la exjefa de Estado por dejar sin efecto su destitución mientras se resuelve el proceso principal.

Los argumentos de la defensa y el debido proceso
La solicitud cautelar fue presentada como un mecanismo dentro de una acción de amparo interpuesta por Boluarte. La defensa legal de la ex gobernante argumenta que durante la sesión del pleno del Congreso donde se aprobó su salida, se vulneró flagrantemente su derecho al debido proceso y a la legítima defensa.
Según el recurso, el Parlamento debatió múltiples mociones vinculadas a presuntos actos de corrupción, abandono de cargo e inseguridad ciudadana de forma apresurada. Boluarte sostiene que fue notificada a altas horas de la noche y que apenas contó con menos de una hora para preparar y ejercer su defensa ante la representación nacional. En efecto, se habría incumplido los parámetros y criterios que el Tribunal Constitucional ha establecido previamente para procesos de vacancia presidencial.
Los argumentos de los jueces
A pesar de los reclamos de la ex mandataria, la judicatura desestimó la medida cautelar basándose en las leyes procesales vigentes. De acuerdo con el marco normativo establecido por el propio Congreso mediante reformas al Nuevo Código Procesal Constitucional como la Ley 32153, no es procedente dictar medidas cautelares ni ordenar la ejecución inmediata de fallos en primera instancia cuando se trata de cuestionamientos a competencias o decisiones exclusivas y excluyentes del Parlamento.
Debido a este impedimento legal, el órgano jurisdiccional consideró que el pedido no cumplía con los requisitos de verosimilitud del derecho y peligro en la demora, por lo que la resolución que la apartó de la jefatura de Estado continúa plenamente vigente y con total eficacia jurídica. Consecuentemente, quedan frustrados los intentos de Boluarte por volver al sillón de la casa de Pizarro.
El proceso principal sigue en marcha
Aunque este revés bloquea el retorno provisional de Dina Boluarte a Palacio de Gobierno, el caso está lejos de terminar en los tribunales. La Sala Constitucional correspondiente ya ha admitido a trámite la demanda de amparo principal, lo que significa que el Poder Judicial sí evaluará el fondo del asunto para determinar si el Parlamento cometió o no excesos constitucionales durante el juicio político.bSin embargo, debido a los plazos procesales habituales de la justicia constitucional en el país, se estima que la sentencia definitiva sobre el amparo podría emitirse incluso después de que culmine el cronograma del proceso electoral en curso, dejando las pretensiones de restitución de la ex mandataria en un escenario de relevancia meramente jurídica e histórica.
Share this post
NOTICIAS RELACIONADAS
Roberto Sánchez confirma participación en marcha del 19 de junio en defensa del voto
Por Fabiana Luciani El candidato presidencial de Juntos por el Perú, Roberto Sánchez, anunció que participará en la movilización nacional convocada para este 19 de junio en Lima. Señaló que la protesta será pacífica y que su organización...
Juntos por el Perú convoca marcha nacional en Lima para el 19 de junio en defensa del voto
Por Fabiana Luciani Juntos por el Perú convocó a una movilización nacional para este viernes 19 de junio en Lima, en medio de la recta final del conteo de votos de la segunda vuelta presidencial. La concentración está...


